¿Cuando una persona fallece debe presentar declaración de renta?

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El fallecido tiene la obligación de presentar la declaración de renta correspondiente al ejercicio fiscal en que murió. Sus herederos, al aceptar la herencia, asumen esta obligación.
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Obligación Tributaria de los Fallecidos y sus Herederos

Introducción

A menudo surge la pregunta de si una persona que ha fallecido debe presentar una declaración de renta. Este artículo aborda esta cuestión y explica las obligaciones tributarias del fallecido y sus herederos.

Obligación del Fallecido

Sí, un fallecido tiene la obligación de presentar la declaración de renta correspondiente al ejercicio fiscal en el que falleció. Esta obligación deriva del hecho de que las personas físicas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) hasta el momento de su muerte.

La declaración de renta debe incluir todos los ingresos y deducciones obtenidos por el fallecido hasta la fecha de su fallecimiento. Los herederos no pueden presentar la declaración en representación del fallecido, sino que deben esperar a aceptar la herencia.

Obligación de los Herederos

Al aceptar la herencia, los herederos adquieren todos los derechos y obligaciones del fallecido, incluida la obligación de presentar la declaración de renta. Esta obligación se extiende a la declaración del ejercicio fiscal en el que falleció el causante.

Los herederos tienen la obligación de presentar la declaración en el plazo establecido por la Agencia Tributaria y de pagar el impuesto correspondiente. Si el fallecido tenía deudas tributarias pendientes, los herederos deben liquidarlas con cargo a la herencia.

Plazos y Procedimiento

Los herederos disponen del mismo plazo que el fallecido para presentar la declaración de renta. En España, el plazo varía según el tipo de declaración, siendo los más comunes:

  • Declaración ordinaria: del 7 de abril al 30 de junio.
  • Declaración simplificada: del 15 de marzo al 30 de junio.

Para presentar la declaración, los herederos deben utilizar el modelo correspondiente y adjuntar la documentación necesaria. Pueden utilizar el servicio telemático de la Agencia Tributaria o acudir a una oficina presencial.

Conclusión

En resumen, los fallecidos tienen la obligación de presentar la declaración de renta correspondiente al ejercicio fiscal en el que fallecieron. Sus herederos, al aceptar la herencia, asumen esta obligación y deben presentarla en el plazo establecido. El cumplimiento de esta obligación es esencial para evitar sanciones y asegurar que la sucesión se gestione de manera adecuada desde el punto de vista tributario.