¿Qué impuestos se pagan al rescatar un plan de pensiones?

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Al rescatar un plan de pensiones, la cantidad recibida se integra en la base imponible general del IRPF, considerándose renta del trabajo. El tipo impositivo aplicado, según la escala estatal, varía entre un 19% y un 47%, dependiendo de la base liquidable.
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Impuestos a Pagar al Rescatar un Plan de Pensiones

Cuando un contribuyente rescata un plan de pensiones, la cantidad recibida se integra en la base imponible general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta cantidad se considera renta del trabajo y, por lo tanto, está sujeta a tributación.

Tipo Impositivo

El tipo impositivo aplicado al rescate de un plan de pensiones varía en función de la base liquidable del contribuyente, según la escala estatal del IRPF:

  • De 0 a 12.450 euros: 19%
  • De 12.450 a 20.200 euros: 24%
  • De 20.200 a 35.200 euros: 30%
  • De 35.200 a 60.000 euros: 37%
  • De 60.000 a 300.000 euros: 45%
  • Más de 300.000 euros: 47%

Cálculo del Impuesto

Para calcular el impuesto a pagar, se aplica el tipo impositivo correspondiente a la base liquidable del contribuyente a la cantidad recibida por el rescate del plan de pensiones. Por ejemplo, si un contribuyente rescata 10.000 euros de un plan de pensiones y su base liquidable es de 25.000 euros, el impuesto a pagar sería de 2.400 euros (10.000 euros x 24%).

Consideraciones Adicionales

  • Aportaciones no gravadas: Las aportaciones realizadas al plan de pensiones que no han sido deducidas en el IRPF están exentas de tributación en el momento del rescate.
  • Rendimiento de capital mobiliario: El rescate de un plan de pensiones también puede generar rendimientos de capital mobiliario (RCM), que tributa al 19%, 21% o 23% en función de la cuantía de los mismos.
  • Planes de pensiones colectivos: Los rescatos de planes de pensiones colectivos pueden tributar en el Impuesto sobre Sociedades, en lugar del IRPF.

Es importante tener en cuenta que estos impuestos solo se aplican al rescate de planes de pensiones. Si el contribuyente decide trasladar su plan de pensiones a otro o convertirlo en una renta vitalicia, no habrá tributación en el IRPF.

Es recomendable consultar con un asesor fiscal cualificado para determinar con precisión la tributación aplicable a un rescate de plan de pensiones específico.