¿Cuántos son los alérgenos de declaración obligatoria?

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La legislación europea exige la declaración de 14 alérgenos específicos en los alimentos, según el Reglamento (UE) nº 1169/2011. Esta normativa obliga a resaltar estos ingredientes susceptibles de causar alergias o intolerancias dentro del listado de componentes del producto, facilitando su identificación por parte del consumidor.

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Los 14 Alérgenos de Declaración Obligatoria: Una Guía Esencial para Consumidores y Empresas

La seguridad alimentaria es una prioridad fundamental, y dentro de este ámbito, la correcta información sobre alérgenos juega un papel crucial. Para proteger a las personas con alergias e intolerancias alimentarias, la Unión Europea ha establecido una legislación que exige la declaración obligatoria de 14 alérgenos específicos en los productos alimenticios. Conocer esta lista es esencial tanto para los consumidores como para las empresas del sector alimentario.

El Reglamento (UE) nº 1169/2011, relativo a la información alimentaria facilitada al consumidor, establece la obligatoriedad de destacar estos 14 alérgenos en la lista de ingredientes de cualquier alimento preenvasado, así como en alimentos no envasados que se vendan en restaurantes, bares, comedores, etc. Esta obligación se extiende a todos los operadores de empresas alimentarias, desde fabricantes hasta distribuidores y hosteleros.

¿Cuáles son estos 14 alérgenos?

La lista comprende los siguientes alérgenos y productos derivados:

  1. Cereales que contienen gluten: Trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas.
  2. Crustáceos: Gamba, langosta, cangrejo, etc.
  3. Huevos: De gallina, pato, codorniz, etc.
  4. Pescado: Incluye tanto pescado como productos a base de pescado.
  5. Cacahuetes: Y productos a base de cacahuete.
  6. Soja: Y productos a base de soja.
  7. Leche: Y productos a base de leche, incluyendo la lactosa.
  8. Frutos de cáscara: Almendras, avellanas, nueces, anacardos, nueces de pecán, nueces de Brasil, pistachos, nueces de macadamia o de Queensland.
  9. Apio: Y productos a base de apio.
  10. Mostaza: Y productos a base de mostaza.
  11. Granos de sésamo: Y productos a base de sésamo.
  12. Dióxido de azufre y sulfitos: En concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro expresado como SO2.
  13. Altramuces: Y productos a base de altramuces.
  14. Moluscos: Mejillones, almejas, ostras, caracoles, calamares, pulpo, etc.

¿Cómo deben declararse?

Estos alérgenos deben destacarse tipográficamente del resto de ingredientes, por ejemplo, mediante el uso de negrita, cursiva, un color diferente o un tamaño de letra mayor. La claridad en la información es fundamental para permitir a los consumidores identificar rápidamente la presencia de alérgenos y tomar decisiones informadas sobre su alimentación.

Más allá de la legislación:

Aunque la legislación cubre estos 14 alérgenos, es importante recordar que existen otras sustancias que pueden causar reacciones adversas en personas sensibles. Las empresas alimentarias pueden optar por informar voluntariamente sobre la presencia de otros posibles alérgenos, contribuyendo así a una mayor seguridad alimentaria y a la tranquilidad de los consumidores.

En conclusión, conocer los 14 alérgenos de declaración obligatoria es esencial para garantizar la seguridad alimentaria de las personas alérgicas o intolerantes. La correcta aplicación de la normativa por parte de las empresas y la concienciación de los consumidores son piezas clave para construir un entorno alimentario más seguro e inclusivo.

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