¿Cómo presentar la declaración de renta de un fallecido?

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Para presentar la declaración de renta de un fallecido en la Agencia Tributaria, se requiere cita previa a nombre del difunto. El heredero que asista deberá acreditar su condición con la documentación pertinente para realizar el trámite presencialmente.
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Cómo presentar la declaración de la renta de un fallecido

Tras el fallecimiento de una persona, sus herederos deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales, entre ellas, presentar la declaración de la renta del difunto correspondiente al ejercicio en el que se produjo el fallecimiento.

Para presentar la declaración de la renta de un fallecido en la Agencia Tributaria, es necesario solicitar cita previa a nombre del difunto. El heredero que acuda a la cita deberá acreditar su condición de tal mediante la siguiente documentación:

  • Certificado de defunción
  • Certificado de últimas voluntades o declaración de herederos
  • DNI del heredero

El trámite se realiza de forma presencial. En la cita, el heredero deberá aportar la siguiente información:

  • Datos identificativos del fallecido (nombre, apellidos, DNI)
  • Ejercicio fiscal a declarar
  • Rentas y gastos del fallecido hasta la fecha de su fallecimiento

En caso de que el fallecido hubiera realizado alguna actividad económica, también será necesario aportar la siguiente documentación:

  • Libros contables
  • Declaraciones de IVA e Impuesto de Sociedades

Una vez reunida toda la documentación necesaria, el heredero deberá acudir a la cita previa en la Agencia Tributaria correspondiente. Allí, un funcionario le ayudará a rellenar la declaración de la renta y a presentarla telemáticamente.

Es importante tener en cuenta que, si el fallecido tenía deudas pendientes con la Agencia Tributaria, los herederos deberán hacerse cargo de ellas. En caso contrario, podrían incurrir en responsabilidad fiscal.

Por último, cabe destacar que los herederos tienen un plazo de seis meses desde el fallecimiento para presentar la declaración de la renta del difunto. Una vez presentado el documento, la Agencia Tributaria procederá a su revisión y liquidación.