¿Qué pasa con la declaración de renta de una persona fallecida?

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Tras el fallecimiento de un contribuyente, la obligación de presentar la declaración de la renta persiste si su situación económica así lo exige, incluso si la muerte ocurrió en 2023 o en los primeros meses de 2024. La declaración debe ser presentada por el representante legal del fallecido.
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Declaración de la Renta Tras el Fallecimiento de un Contribuyente: Obligaciones y Procedimientos

Tras el lamentable fallecimiento de un contribuyente, la obligación de presentar la declaración de la renta persiste si su situación económica así lo exige. Esta obligación afecta tanto a los fallecimientos ocurridos en 2023 como a los que se produzcan en los primeros meses de 2024.

Responsabilidad de la Presentación

La responsabilidad de presentar la declaración de la renta del contribuyente fallecido recae sobre su representante legal. Esto puede ser:

  • El cónyuge sobreviviente
  • Los herederos o albaceas designados
  • Un administrador judicial nombrado por el tribunal

Plazos de Presentación

Los plazos de presentación de la declaración de la renta para un contribuyente fallecido son los mismos que para los contribuyentes vivos. En general, la declaración debe presentarse antes del:

  • 30 de junio (si se presenta en papel)
  • 27 de junio (si se presenta electrónicamente)

Situaciones que Exigen la Presentación

La declaración de la renta debe presentarse si el contribuyente fallecido cumplía con alguna de las siguientes condiciones:

  • Obtenía ingresos superiores al límite establecido por ley (en 2023, 8.500 euros)
  • Tenía deudas o pérdidas pendientes
  • Era titular de bienes inmuebles
  • Estaba obligado a presentar la declaración por otros motivos (por ejemplo, si estaba inscrito en el régimen de autónomos)

Información Requerida

La declaración de la renta del contribuyente fallecido debe incluir la siguiente información:

  • Datos personales del contribuyente
  • Ingresos y gastos obtenidos hasta el momento de su fallecimiento
  • Declaraciones de bienes y derechos
  • Declaraciones de deudas y obligaciones
  • Cualquier otro dato relevante para la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Procedimiento

Para presentar la declaración de la renta de un contribuyente fallecido, se debe seguir el siguiente procedimiento:

  1. Obtener el certificado de defunción del contribuyente.
  2. Reunir toda la documentación financiera necesaria.
  3. Solicitar el Certificado de Herederos ante notario o el Juzgado si no existe testamento.
  4. Rellenar y presentar la declaración de la renta utilizando el Modelo D-100 o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Nota: En caso de que el contribuyente declarara conjuntamente con su cónyuge, la declaración debe presentarse de forma individual por cada uno de ellos, incluyendo los ingresos y gastos obtenidos hasta el momento del fallecimiento.

Es importante recordar que el incumplimiento de la obligación de presentar la declaración de la renta del contribuyente fallecido puede conllevar sanciones económicas. Por lo tanto, es esencial cumplir con los plazos establecidos y proporcionar toda la información requerida para una liquidación correcta del IRPF.

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