¿Quién me da de alta en la Seguridad Social?

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Tu empleador es quien debe darte de alta en la Seguridad Social antes de que comiences a trabajar. Tiene un plazo de hasta 60 días de antelación para realizar este trámite, que es obligatorio para iniciar la relación laboral.
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¿Quién me da de alta en la Seguridad Social?

La afiliación a la Seguridad Social es un trámite obligatorio para todos los trabajadores en España. Este registro permite acceder a las prestaciones y coberturas que ofrece el sistema de protección social, como la asistencia sanitaria, las pensiones o las prestaciones por desempleo.

El encargado de realizar el alta en la Seguridad Social es el empleador. Este tiene la obligación legal de dar de alta a sus trabajadores antes de que comiencen a prestar servicios, pudiendo hacerlo con una antelación máxima de 60 días.

Procedimiento de alta en la Seguridad Social

El empleador debe presentar el alta del trabajador en la Seguridad Social a través del sistema RED (Sistema de Remisión Electrónica de Datos) mediante el modelo TA.1. Este documento debe contener los siguientes datos:

  • Datos identificativos del trabajador (nombre, apellidos, DNI)
  • Datos identificativos del empleador (razón social, CIF)
  • Código de cuenta de cotización (CCC)
  • Grupo de cotización
  • Régimen de afiliación (General, Autónomos, Agrario)
  • Categoría profesional
  • Fecha de inicio de la relación laboral

Plazos para el alta

El empleador tiene un plazo máximo de 60 días antes del inicio de la relación laboral para realizar el alta en la Seguridad Social. En caso de incumplimiento de este plazo, el empresario puede enfrentarse a sanciones. Los plazos son los siguientes:

  • Alta con hasta 60 días de antelación: No hay sanciones.
  • Alta entre 61 y 90 días después del inicio de la actividad: Multa de 626€.
  • Alta con más de 90 días de retraso: Multa de 1.875€.

Consecuencias de no dar de alta

Si el empleador no da de alta al trabajador en la Seguridad Social, tanto el empresario como el trabajador pueden enfrentarse a las siguientes consecuencias:

  • El trabajador no tendrá derecho a las prestaciones y coberturas de la Seguridad Social.
  • El empresario puede recibir sanciones económicas.
  • El trabajador puede verse obligado a cotizar por su cuenta y asumir los gastos de su protección social.

En conclusión, es esencial que los empleadores den de alta a sus trabajadores en la Seguridad Social antes de que comiencen a trabajar. Este trámite es obligatorio y garantiza el acceso a las prestaciones y protecciones sociales que ofrece el sistema.