¿Quién paga la declaración de la renta de un fallecido?

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La declaración de la renta del fallecido corresponde a sus herederos, quienes, al aceptar la herencia, asumen esta obligación fiscal para el ejercicio en que murió.
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¿Quién paga la declaración de la renta de un fallecido?

Tras el fallecimiento de una persona, sus herederos adquieren no solo sus bienes y derechos, sino también sus obligaciones. Entre ellas, se encuentra la presentación de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio en el que se produjo el fallecimiento.

Obligación de los herederos

La declaración de la renta del fallecido es responsabilidad de sus herederos, quienes deben presentarla en los plazos establecidos. Al aceptar la herencia, los herederos asumen esta obligación fiscal.

Plazos de presentación

Los plazos para presentar la declaración de la renta de un fallecido son los mismos que para el resto de contribuyentes:

  • Del 2 de abril al 5 de julio de 2023 para declaraciones con resultado a ingresar.
  • Del 6 de abril al 30 de junio de 2023 para declaraciones con resultado a devolver.

Contenido de la declaración

La declaración de la renta del fallecido debe incluir todos los ingresos y gastos obtenidos hasta la fecha de su fallecimiento. Esto implica:

  • Rentas del trabajo, actividades económicas y capital.
  • Deducciones y reducciones por gastos.
  • Retenciones y pagos fraccionados.

Declaración conjunta

Si el fallecido estaba casado y presentaba la declaración de la renta de forma conjunta con su cónyuge, los herederos deben presentar la declaración de la renta correspondiente únicamente para la parte del fallecido.

Responsabilidad de los herederos

Los herederos son responsables solidariamente de la deuda tributaria que resulte de la declaración de la renta del fallecido. Esto significa que, si uno de los herederos no cumple con sus obligaciones fiscales, los demás herederos pueden ser requeridos para satisfacer la deuda.

Recomendaciones

Para facilitar el proceso de presentación de la declaración de la renta de un fallecido, se recomienda:

  • Recopilar toda la documentación fiscal del fallecido, como nóminas, facturas y justificantes de gastos.
  • Contactar con un asesor fiscal o gestor para obtener orientación y asistencia.
  • Presentar la declaración en los plazos establecidos para evitar sanciones.

En conclusión, la declaración de la renta de un fallecido es responsabilidad de sus herederos, quienes deben presentarla en los plazos establecidos y asumir la deuda tributaria que resulte de la misma.