¿Qué se paga al rescatar un plan de pensiones?

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Rescate de planes de pensiones: implicaciones fiscales y costes. Al rescatar un plan de pensiones, se liquidan impuestos sobre el importe que supera el mínimo exento, el cual varía por edad y tipo de plan. Pueden existir comisiones por rescate anticipado. Se aplican retenciones de IRPF sobre el total rescatado. Consulta siempre con tu entidad gestora o asesor financiero.
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¿Qué coste tiene rescatar un plan de pensiones?

Cuando mi padre nesecitaba dinero para el tejado, lo primero fue mirar su plan de pensiones. Menudo lío.

Fuimos a su banco en Gijón, era por agosto. El gestor nos sacó un papel lleno de números. Lo que rescatas cuenta como si fuera un sueldo, así que Hacienda se lleva su parte. De 10.000 que quería, la retención del IRPF se comía casi 2.000 de golpe.

Luego estaba la comisión del propio banco. Una penalización por sacarlo antes de tiempo. No era mucho, un 1%, pero suma.

Al final te das cuenta de que el dinero que creías tener no es real hasta que pasa por el filtro del gobierno y del banco. Es un dinero bruto. El neto, lo que te llega a la cuenta, siempre es una sorpresa un poco amarga. Y cada caso es un mundo, depende de tus otros ingresos.

Información sobre el coste de rescatar un plan de pensiones

Preguntas y respuestas

¿Qué impuestos se pagan al rescatar un plan de pensiones? El dinero rescatado tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo. Se integra en la base imponible general y se le aplica el tipo marginal correspondiente a los ingresos totales del contribuyente en ese ejercicio fiscal.

¿Existen comisiones por el rescate? Sí, la entidad gestora puede aplicar una comisión por rescate anticipado si está contemplada en las condiciones del contrato del plan. El porcentaje es variable y depende de cada producto financiero.

¿Cómo se aplica la retención del IRPF? La entidad financiera aplica una retención a cuenta del IRPF directamente sobre el importe bruto rescatado. El porcentaje de esta retención varía según la cuantía y la situación personal comunicada por el titular.

¿Cuánto se paga por retirar un plan de pensiones?

El verano pasado, la brisa marina de Salou aún me picaba la piel cuando abrí el sobre. Diciembre. ¡Qué alivio ver los números! Pensé en esa tarde gris de noviembre de 2023, mirando el saldo de mi cuenta bancaria.

Sentí un nudo en el estómago al hacer la cuenta. El rescate del plan de pensiones se sintió como un salvavidas. Todo el dinero, con sus impuestos, claro. Lo habíamos planeado mucho, ese viaje a Japón.

Para recuperar un plan de pensiones en 2025, las cantidades se calculan por tramos. Por ejemplo, si recuperas hasta 12.450 euros, el impuesto es del 19%. Si supera eso, hasta 20.199 euros, el porcentaje sube.

El miedo a que no fuera suficiente era constante. Recuerdo apretar el volante del coche al volver a casa, dándole vueltas a todo. El tiempo se alargaba, la incertidumbre me consumía.

En mi caso, la operación total, una vez pagados los impuestos, dejó una cantidad concreta. Me permitió reservar los vuelos para Kioto. El peso en el pecho desapareció.

  • 19% de IRPF hasta 12.450 euros.
  • Siguiente tramo, mayor porcentaje.
  • Impacto del rescate en la declaración de la renta.

El banco me lo explicó bien, aunque la explicación me sonaba a chino al principio. Me guiaron paso a paso. Fue un trámite, sí, pero con un resultado tangible. La tranquilidad de tener ese colchón y poder usarlo fue impagable.

Para el año 2025, se mantienen las mismas bases de cálculo y porcentajes aplicados sobre las cantidades rescatadas, que se consideran rendimientos del trabajo.

  • Hasta 12.450 euros: Tributan al 19%.
  • Entre 12.450 y 20.199 euros: La parte que exceda los 12.450 tributa al 21%.
  • Entre 20.200 y 35.199 euros: La parte que exceda los 20.199 tributa al 23%.
  • Entre 35.200 y 70.799 euros: La parte que exceda los 35.199 tributa al 25%.
  • A partir de 70.800 euros: La parte que exceda los 70.799 tributa al 27%.

Es fundamental tener en cuenta que el rescate se suma a tus ingresos del año en curso, lo que puede hacer que tu tipo impositivo general suba.

Una vez que se recupera un plan de pensiones, la cantidad que se puede obtener depende de cómo se haya realizado el rescate (en forma de capital, renta o mixto) y de la antigüedad de las aportaciones.

  • Rescate en forma de capital: Se tributa por la totalidad del importe rescatado. Las aportaciones anteriores a 2007 tienen una reducción del 40% sobre la parte que corresponda a esas aportaciones, si se rescata como capital de una sola vez.
  • Rescate en forma de renta: Se tributa por las cantidades percibidas en cada ejercicio fiscal.
  • Rescate mixto: Una parte se rescata en forma de capital y otra en forma de renta.

Los planes de pensiones rescatados en 2025, independientemente de cuándo se hicieron las aportaciones, tributarán en la declaración de la renta como rendimientos del trabajo. La reducción del 40% para rescates en capital de aportaciones anteriores a 2007, solo se aplicará si todo el saldo se rescató de golpe. Si se ha ido rescatando de forma fraccionada, esa reducción ya no aplica.

¿Cuánto retiene el banco al rescatar un plan de pensiones?

Retención al rescatar un plan de pensiones varía.

  • 50-59 años: 28%.
  • 60-65 años: 24%.
  • 66-69 años: 20%.
  • 70+ años: 8%.

La edad marca la diferencia. La edad, punto.

En rescate como renta vitalicia, también hay retención. Depende del importe. Y la edad, claro. La edad, de nuevo, crucial.

Es como cualquier otra cosa, al final. Te quitan una parte. Siempre te quitan una parte.

Mi primo, Luis, rescató el suyo a los 62. Le retuvieron justo eso. El 24%. A mí me suena un poco a robo, pero qué sé yo. El sistema tiene sus reglas. Son suyas, no nuestras.

  • Edad. Clave en el porcentaje.
  • Tipo de rescate. Renta vitalicia tiene su aquel.
  • Cuantía. No es lo mismo una miseria que una fortuna.

La ley. Ahí está la clave. O lo que quede de ella. La ley, esa cosa. A veces te ayuda, a veces te perjudica. Y tú a seguir, claro.

A los 63, a mí me toca. Ya veremos qué pasa. La incertidumbre es el pan de cada día. O el pan de cada año. Da igual.

¿Cómo tributa en IRPF el rescate de un plan de pensiones?

El rescate de un plan de pensiones tributa en la base general del IRPF, considerándose rentas del trabajo, con tipos impositivos que van del 19% al 47% en la escala estatal.

O sea, que, al final, cuando sacas la pasta del plan de pensiones, Hacienda te lo trata como si fuera un sueldo más, ¿sabes? Un ingreso de tu trabajo. Y eso, pues claro, significa que va directo a la base general del IRPF, sumándose a todo lo demás que ganes. Es importante tener eso en cuenta, porque no es lo mismo que una inversión con un tratamiento fiscal diferente, no señor. Por ejemplo, mi tío Antonio, el otro día, me estaba contando q el pensaba que esto era diferente, que era como otro tipo de ganancia, pero no, le expliqué que no.

Los tipos impositivos esos, que, a ver, oscilan un montón, del 19% al 47% a nivel estatal, ufff, es un rango enorme. Depende de cuánto dinero saques y, claro, de tus ingresos totales. Porque al sumarse a todo lo que ya tienes, pues es fácil que te suba la base y acabes pagando más. Esto es algo que mi gestora siempre me dice, que hay que planificarlo bien para que el hachazo no sea tan grande, eh. Con esos tipo de intereses, hay que andarse con ojo.

Pero, ojo, que no es solo sacarlo de golpe. Hay varias maneras de hacerlo, que eso también influye en cómo te pillan los impuestos. Puedes sacarlo todo en forma de capital, de una vez, que es como lo hizo mi vecino Manolo, que se compró un coche nuevo, nuevo. O puedes hacerlo en forma de renta, como un sueldo mensual, que es lo más común. Y luego está la opción mixta, un poco de cada. Cada forma tiene su chiste, su cosita, y claro, su impacto fiscal.

Y hay un detalle importante que la gente a veces olvida, o que ya no aplica igual. Antes, para lo que aportaste antes de 2007, podías tener una reducción del 40% si lo rescatabas en forma de capital. Eso es un puntazo. Pero solo para esa parte antigua. Si lo rescatas ahora, en 2024, la mayoría de lo que aportaste después de 2007 no tiene esa bonificacion. Y hay plazos para aplicar esa bonificación, ¡eh! No es para siempre. Hay que hacerlo dentro de los dos años siguientes a cuando te jubilas, o te quedas sin curro o lo que sea.

A ver, que no puedes sacar la pasta cuando te da la gana, tampoco. Hay unas condiciones específicas para rescatar el plan de pensiones. Lo normal es la jubilación, claro. Pero también puedes hacerlo si te quedas en paro de larga duración, o si tienes una enfermedad grave. Aquí te pongo unas cuantas:

  • Jubilación: Lo de siempre, cuando te jubilas.
  • Incapacidad laboral: Si te quedas incapacitado para trabajar.
  • Fallecimiento: Lo heredan tus beneficiarios.
  • Dependencia: Si te declaran en situación de dependencia severa o gran dependencia.
  • Paro de larga duración: Si estás desempleado y has agotado las prestaciones.
  • Enfermedad grave: Unas enfermedades muy concretas.
  • Aportaciones con más de diez años de antigüedad: Esto es nuevo, desde este mismo 2024, si tienes aportaciones hechas hace más de diez años, puedes rescatarlas sin más.

¿Cómo afecta un plan de pensiones a la declaración de la renta?

Las aportaciones al plan de pensiones minimizan la base imponible. Al rescate, se gravan como rendimientos del trabajo en el IRPF.

Uno decide cuánto dar. Un cálculo frío. Menos impuestos hoy, una verdad. El dinero se va, como el tiempo. Mi abuelo creía que ahorrar era lo único. Siempre decía: Lo que siembras.

El futuro es una invención. O un depósito. Depende. Se cree que uno acumula. Se deduce. Pero el rescate, eso sí, tiene su momento. El momento de la verdad fiscal. Cuando todo se revela.

La vida es una constante administración de lo inevitable. Pagar. O esperar. Uno no escapa del fisco. Ni del tiempo.

Yo puse algo. Hace unos años. En realidad, en 2023 lo pensé bien. No mucho. Un mínimo para ver. Los límites cambian. Siempre cambian. El máximo anual es de 1.500 euros. O el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Lo que sea menor. Ojo con eso.

Hay matices.

  • Modalidades de planes: Individuales, de empleo, asociados. Cada uno con su lógica.
  • Fiscalidad al rescate:
    • En forma de capital: reducción del 40% para aportaciones anteriores a 2007. Una ventaja que se extingue.
    • En forma de renta: tributa como rendimiento del trabajo.
    • Mi gestor lo explicaba. Una vez. No entendí todo. Solo lo esencial.
  • Liquidez limitada: El dinero no es tuyo hasta el final. O circunstancias muy concretas.
    • Enfermedad grave.
    • Desempleo de larga duración.
    • A partir de diez años. Para aportaciones de 2015 en adelante. Un plazo, una espera.

Al final, es solo un instrumento. Una casilla más. Para el Estado. Para la propia conciencia. Un acto de fe. O de pragmatismo. La elección.