¿Quién cobra la pensión de viudedad si estoy divorciado?

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Los divorciados pueden percibir la pensión de viudedad siempre que reúnan los requisitos establecidos por la Seguridad Social.
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¿Quién cobra la pensión de viudedad si estoy divorciado?

La pensión de viudedad es una prestación económica que percibe la persona que ha perdido a su cónyuge. En principio, esta prestación la cobra el cónyuge supérstite, pero ¿qué ocurre si estamos divorciados?

Requisitos para cobrar la pensión de viudedad estando divorciado

Los divorciados pueden percibir la pensión de viudedad siempre que reúnan los siguientes requisitos establecidos por la Seguridad Social:

  • Haber estado casado con el fallecido durante al menos un año. Este requisito no se aplica si hay hijos o menores acogidos en común.
  • No haberse vuelto a casar o registrar una nueva pareja de hecho.
  • Haber contraído matrimonio antes de que el fallecido cumpliera 65 años (o 60 si el fallecido era pensionista de incapacidad permanente o invalidez).
  • No disponer de ingresos económicos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta cuantía se revisa anualmente y en 2023 asciende a 858,39 euros mensuales.

Cuantía de la pensión de viudedad para divorciados

La cuantía de la pensión de viudedad para divorciados es el 52% de la base reguladora del fallecido. Esta base reguladora se calcula en función de las cotizaciones del fallecido a la Seguridad Social.

Procedimiento para solicitar la pensión de viudedad estando divorciado

Para solicitar la pensión de viudedad estando divorciado, hay que presentar la siguiente documentación en la oficina de la Seguridad Social más cercana:

  • DNI o NIE del solicitante.
  • Libro de familia o certificado de matrimonio.
  • Certificado de defunción del cónyuge.
  • Sentencia de divorcio.
  • Declaración de ingresos (Modelo 017 de la Agencia Tributaria).

Otros aspectos a tener en cuenta

  • Jubilación: Si el divorciado percibe una pensión de jubilación, la pensión de viudedad se suma a la misma.
  • Pensión compensatoria: Si el divorciado recibe una pensión compensatoria de su excónyuge, esta no se tiene en cuenta para calcular los ingresos económicos a efectos de la pensión de viudedad.
  • Régimen económico matrimonial: La pensión de viudedad no se considera bien ganancial, por lo que no se reparte entre los excónyuges.

En resumen, los divorciados pueden cobrar la pensión de viudedad si cumplen los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Es importante recordar que la pensión de viudedad debe solicitarse expresamente y que su cuantía dependerá de la base reguladora del fallecido.