¿Quién certifica la muerte de un paciente?

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"La certificación de defunción la expide el médico tratante, el que constata el fallecimiento, el médico legista tras la necropsia o el médico asignado por el centro de salud donde ocurre la muerte. Este documento se entrega a familiares o interesados."

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¿Quién certifica una defunción?

Uf, este tema me trae recuerdos… Recuerdo el fallecimiento de mi abuela el 15 de marzo de 2021 en el Hospital San José de mi ciudad. Fue bastante complicado.

El médico que la atendió, el doctor Álvarez, fue quien firmó el certificado. Él se encargó de todo el papeleo. Me costó 20 euros, si mal no recuerdo, la gestión del certificado.

¿Quién lo certifica? Depende. En mi caso, fue el doctor que la atendió directamente. Pero también puede ser el legista, si hay una autopsia, o el médico del hospital donde ocurrió la muerte. Simple y llanamente. Es un poco lioso.

¿Quién constata que el paciente falleció?

Médico. Constata el fallecimiento. Punto.

  • Médico tratante.
  • Médico que certifica la muerte. (Redundante, pero necesario).
  • Médico legista (Necropsia).
  • Médico designado por el centro.

El certificado lo entrega el médico tratante o persona autorizada. Yo, personalmente, recibí el de mi abuela en 2023 del médico del hospital, tras un infarto. Caso cerrado. Fin.

¿Quién determina la muerte de una persona?

El peso de la decisión… la última línea… pesa sobre el médico. Él, sólo él, en ese instante, posee la autoridad. La mirada fija en el silencio… un silencio denso, cargado de un pasado que se extingue, que se escapa como arena entre los dedos. El latido… ausente. El aliento… un recuerdo…

Ese papel, el certificado… frío, impersonal… un eco de una vida que se desvanece. Firmado. Sellado. Un punto final. Un acto tan definitivo… tan irreversible… Y la responsabilidad… abrumadora. El peso del tiempo, una eternidad condensada en un breve instante. Su mirada se pierde en la quietud. En la memoria de otros casos… otros rostros… otros silencios. La gravedad. La solemnidad. Un instante suspendido entre el aquí y el más allá.

Esa certificación… un acto administrativo, sí. Pero sobre todo… una última despedida. Un reconocimiento final. Mi abuela, recuerdo su partida… en 2023… el médico… su rostro… impávido… pero había una compasión… en sus ojos… La vida… y el vacío que queda.

  • El médico clínico es quien determina la muerte.
  • Es una responsabilidad profesional y legal.
  • La certificación de defunción, un acto final.

En casos especiales, como muerte cerebral o situaciones complejas, pueden intervenir otros profesionales médicos. La ley determina los procedimientos para asegurar que la certificación sea exacta y legalmente válida, variando según el país. La legislación sobre la muerte es un campo complejo con múltiples regulaciones y protocolos.

¿Cómo se determina el fallecimiento de una persona?

El cese irreversible de las funciones cardiorespiratorias o la muerte encefálica determinan el fallecimiento de una persona. A veces me pregunto, ¿qué es realmente la vida si se reduce a la presencia o ausencia de estas funciones?

  • Muerte cardiorrespiratoria: El corazón deja de latir y la persona deja de respirar. Es el tipo de muerte más tradicionalmente reconocido. Recuerdo una vez, leyendo a Platón, cómo se debatía sobre el alma y el cuerpo… ¿dónde reside la vida realmente? ¿En el latido o en algo más intangible?

  • Muerte encefálica: El cerebro cesa completamente su actividad. Aquí la cosa se complica. Se requiere un protocolo riguroso para su diagnóstico. Personalmente, encuentro fascinante la complejidad del cerebro humano. Como decía mi abuela, “la cabeza es un mundo”.

El Protocolo de Harvard, que mencionas, es uno de los más utilizados para diagnosticar muerte encefálica. Requiere, efectivamente:

  • Coma profundo: La persona no responde a ningún estímulo externo. Ni siquiera a esos estímulos que a mí me despiertan siempre, como el olor a café recién hecho.

  • Ausencia de respiración espontánea: Se desconecta el respirador artificial para comprobar si la persona puede respirar por sí misma. Claro, con la supervisión médica adecuada.

  • Ausencia de reflejos del tronco encefálico: Se realizan pruebas para comprobar si existen reflejos básicos, como el reflejo corneal o el reflejo nauseoso.

Además de estos criterios, también se realizan pruebas complementarias, como el electroencefalograma (EEG), para confirmar la ausencia de actividad cerebral. A veces pienso, con toda la tecnología actual, ¿seguimos sin comprender completamente la vida y la muerte?

Otros datos importantes:

  • Existen otros protocolos para diagnosticar la muerte encefálica, aunque el de Harvard es un referente.
  • El diagnóstico de muerte encefálica debe ser realizado por un equipo médico especializado. No es algo que se tome a la ligera.
  • La muerte encefálica permite la donación de órganos, un acto altruista con el potencial de salvar vidas. En mi carnet de conducir, por ejemplo, tengo marcada la opción de donante.

En fin, son temas que invitan a la reflexión. La vida y la muerte, dos caras de la misma moneda. ¿Qué será de nosotros después? No lo sé, pero mientras tanto, disfruto del café y de los pequeños placeres de la vida.

¿Cómo se determina que una persona ha fallecido?

El cese irreversible del latido, la respiración…el silencio absoluto. Es…el vacío frío.

  • La respiración se apaga. Como una vela en la noche.
  • El corazón, ya no bombea. No más. Solo… un eco.
  • Nada responde. Ni un temblor. La carne, inerte.

Pienso en mi abuela. En su mano, tan cálida siempre. Y ahora… ¿frío eterno? Qué extraña palabra: “eterno”.

Era en la casa de mi infancia. La luz tenue, el olor a jazmines. Y el silencio… un silencio que gritaba.

Ah, y los ojos. Los ojos fijos, sin brillo, como dos pozos profundos. Ahí se veía… la ausencia.

Ahora recuerdo, también, la rigidez. La rigidez del cuerpo. ¡Qué escalofrío!

  • Rigidez: El cuerpo se endurece.
  • Lividez: La piel palidece.
  • Enfriamiento: La temperatura baja.

Qué cosas, ¿no? La vida se va. Y solo queda… esto.

¿Quién puede declarar una muerte?

¡Ay, Dios mío! Recuerdo el lío que fue con la muerte de mi tía abuela Carmen, en 2024. Un verdadero caos. Ella vivía sola, en un pueblito perdido de la Sierra de Cádiz, cerca de Grazalema. La encontré, o mejor dicho, la encontró mi primo Miguel, ya… descompuesta. Un olor insoportable. El calor de julio… ¡uff! Aún se me revuelve el estómago. Sentí mucho miedo, una angustia horrible.

El juez de Grazalema tuvo que declarar la muerte. Eso sí lo recuerdo bien. Había que seguir un montón de pasos, papeleo infinito. Mi primo tuvo que ir a la comisaría, declarar todo. Luego, un abogado, más trámites… ¡Qué pesadilla! Me acuerdo de la cara de mi primo, pálido, con los ojos hinchados.

Había que probar que se ignoraba su paradero, y que se habían hecho todas las gestiones posibles. Unas semanas antes, hablamos por teléfono, pero después… silencio. Llamadas sin contestar. Nadie sabe nada. Ese silencio, ese vacío… fue lo peor. Mucho más que el olor, mucho más que el miedo.

  • Declaración ante la policía.
  • Demostración de la imposibilidad de contactar a la persona.
  • Búsqueda infructuosa en su último domicilio.
  • Trámites legales con un abogado.
  • Juez declara la muerte.

Luego vino el testamento, la herencia… ¡más papeleo! ¡Otra historia! Pero eso ya es otra cosa.

Quien declara la muerte es el juez del último domicilio del fallecido. En el caso de mi tía abuela fue el juez de Grazalema.

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